Por Isabel Niño
La reforma de la Ley de Propiedad Intelectual (LPI – texto íntegro) española fue aprobada el pasado jueves en el Pleno del Congreso de los Diputados, entrará en vigor el 1 de enero de 2015. Sin embargo, el Gobierno reconoce que la reforma es parcial y promete una modificación más profunda dentro de un año.
Promesas a parte, esta nueva Ley ha levantado una fuerte polémica porque, básicamente, intenta por encima de todo controlar qué compartimos en Internet y cómo lo compartimos. En definitiva, se trata de una vuelta de tuerca de la anterior ley conocida como “Ley Sinde” o una demostración más del desprecio del Gobierno hacia la cultura.
El problema ahora lo encontramos con la ambigüedad con la que ha sido redactada esta reforma de la LPI que introduce una fuerte inseguridad jurídica.
En el ámbito de la cultura esta nueva reforma de la ley establece como ilegal ofrecer en Internet listados ordenados y clasificados de enlaces, con independencia de si las páginas que los publican muestran publicidad o no para lucrarse. La consecuencia es que el Gobierno podrá, sin necesidad de permiso judicial, cerrar páginas web de enlaces con sanciones de hasta 600.000 euros. Este sistema de censura es el mismo que se empleó con Wikileaks…
De esta forma, en la práctica, al final lo que se consigue es criminalizar el enlace a contenidos compartidos y, por ende, el acceso a los contenidos y la cultura es lo que realmente sale perdiendo.
Otro de los puntos más polémicos que introduce la ley es el llamado canon AEDE, popularmente conocido como “tasa Google”, que obliga a los que agregan contenidos online a pagar un canon para compensar por los contenidos que estos enlazan de los medios de AEDE (Asociación de Editores de Diarios Españoles).
La consecuencia de no pagar el citado canon es enfrentarse a multas entre 150.000 y 600.000 euros.
Pura censura y control. Resultado: España se convierte así en el único país en el mundo en el que hay que pagar por enlazar contenidos públicos. El Gobierno y los medios que forman AEDE pasan a controlar buena parte de la información que se comparte en Internet y cómo se comparte.
Inconcebible, inaceptable e incompatible con las licencias abiertas como las Creative Commons.
Y ello sorprende todavía más porque recientemente el Tribunal de Justicia Europeo sentenció que enlazar no es un acto de comunicación pública por lo que no existe ni se genera el derecho de explotación.