Por Isabel Niño
Varias personas nos han preguntado por el caso Odyssey. Este es nuestro tercer post al respecto, los otros dos “Una de piratas” y “El caso Odyssey”.
Si os acordáis, un Juzgado de Tampa (Florida, EEUU) dio en su día la razón al Estado Español y ordenó a la empresa cazatesoros estadounidense Odyssey la devolución a España de las monedas encontradas en la fragata española “Nuestra Señora de las Mercedes” hundida en 1804 por una flotilla inglesa en la costa de Algarve (Portugal).
Posteriormente, el Tribunal de Apelaciones de Estados Unidos confirmó la sentencia del Juzgado de Tampa por entender, asimismo, que se trataba de una apropiación ilícita de objetos arqueológicos.
El sábado pasado llegaron a España las 600.000 monedas y otros objetos desde Tampa. Ahora empieza la tarea de restauración, conservación y catalogación.
Han sido cinco años de batalla legal durante la cual España ha tenido que demostrar al Juez que la fragata era española. Prueba que descubrió Hugo O’Donnell (historiador y militar) al ver en una foto de la fragata dos piezas artilleras singulares del s. XVII (culebrinas), consideradas prueba casi irrefutable de la identificación del pecio.
Además, ante la alegación de Odyssey de demostrar que la fragata llevaba fortunas privadas y era en realidad un mercante, España tuvo que aportar documentación que acreditara que ya había indemnizado a los descendientes de los afectados por el naufragio.
Así pues, desde un punto de vista legal, lo primordial para recuperar un bien es demostrar que eres el propietario del mismo. Si yo demuestro que ese bien me pertenece da igual donde se encuentre ubicado en ese momento.
Como hemos explicado en varias ocasiones, la forma más sencilla de acreditar la propiedad es con documentación, por ejemplo, la factura de compra. Pero lógicamente, cuando hablamos de bienes de siglos pasados tendremos que agudizar el ingenio y recurrir a otras formas de acreditar la propiedad, como en el caso Odyssey.
Así pues, no cabe duda que las monedas son objetos arqueológicos y que la empresa Odyssey se apropió ilícitamente de las mismas por cuanto ha quedado demostrado que el legítimo propietario de la fragata es el Estado Español.
Sin embargo, la cosa no acaba aquí puesto que ahora el Estado peruano reconoce que la fragata es española pero sostiene que tiene derecho sobre la carga puesto que las monedas fueron elaboradas con materia prima obtenida en minas que actualmente se encuentran en territorio peruano y acuñadas en la Ceca de Lima.
Toca esperar a ver qué opina la Corte Suprema de los Estados Unidos de América en el caso de que Perú solicite la revisión de las dos sentencias americanas ya obtenidas a favor del gobierno español. Seguiremos atentos!